sábado, 30 de septiembre de 2023
Las regla fiscal no se debe modificar
Colombia cuenta con dos instituciones que garantizan la estabilidad y viabilidad del país en largo plazo: la independencia del Banco de la República y la regla fiscal; la primera genera el marco para la política monetaria (impresión de dinero y tasas de interés) y la segunda es el marco para la política fiscal.
La regla fiscal implica un conjunto de reglas de juego que enmarcan cómo se puede realizar el gasto público del gobierno nacional y cómo se puede endeudar. Es común que los hacedores de política fiscal en ejercicio vean la regla fiscal como una camisa de fuerza. Pero realmente no es una camisa de fuerza, es un código de buen comportamiento. Asegura que la administración de turno no pueda desmedirse en gastos y endeudamiento. Su cumplimiento permite, entre muchas cosas, que los prestamistas estén tranquilos que se les pagará manteniendo las tasas de interés relativamente bajas. Y evita que una administración gaste desmedidamente y deje la olla raspada para la siguiente.
Las dos reglas de juego más importantes establecen cómo se debe cubrir los gastos y el límite de la deuda. Los gastos recurrentes (estructurales) deben pagarse con ingresos recurrentes. Esto es el equivalente en los hogares de una regla sana como: el mercado y el arriendo debería pagarse con los ingresos típicos del mes (ingresos recurrentes) y no a punta de préstamos (deuda) o ingresos eventuales como el premio de un chance (ingreso no corriente) o las horas extras extraordinarias que se trabajaron en un mes por cubrir a un compañero que estaba enfermo por una gripa. La regla además establece un límite a la deuda del gobierno nacional (71% del PIB), pero una meta recomendable (ancla) del 55% del PIB. Es decir, para no generar alertas, la deuda acumulada no puede ser más del 55 de todo lo que produce la economía en un año.
Recientemente el director de Planeación Nacional anunció que el gobierno está pensando en modificar la regla fiscal para que los gastos para el “salvamento de activos ambientales” no se “introduzcan como una parte del gasto de la inversión corriente“. Este anuncio generó reacciones en contra. Esto es cambiar las reglas de juego y abrir un espacio para que después otro tipo de gastos deseables también se salten la regla. Después podría llegar una administración que argumente la necesidad del gasto en defensa o en educación y modifique la regla.
Esta regla está para evitar eso, la discrecionalidad de una administración. No hay que olvidar que gasto es gasto. Sin importar que tan noble o loable sea la finalidad del gasto, éste se debe cubrir con los ingresos. Un gasto recurrente debe pagarse con ingresos recurrentes.
(Una versión de esta columna de opinión fué publicada en el diario el País de Cali el 30 de septiembre de 2023)
Etiquetas:
Colombia,
Deuda pública,
gasto público,
Regla Fiscal
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